jueves,18 agosto 2022
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Principales cambios en la reforma fiscal

Marga Peñafiel/ Redacción
Después de que el Gobierno negociase con los agentes sociales la reforma fiscal, el Ejecutivo ha reelaborado algunos puntos para ajustarlos a las necesidades de los sindicatos y patronales. Pese a que la rebaja de tipos en el IRPF y el impuesto sobre sociedades siguen iguales, en otros aspectos se ha conseguido un consenso en la reforma que se prevé que se apruebe hoy en el último Consejo de Ministros.

 Indemnización por despido

Se trata de la medida más política. Cristobal Montoro, ministro de Hacienda, indicó que se limitaría la exención por despido a 2.000 euros al año. Tras las negociaciones, el anteproyecto de ley fija que esta será del 100% cuando la suma total de la indemnización no supere los 180.000 euros. Es decir, será en toda España lo que hasta ahora se venía haciendo en Navarra y Guipuzcoa.

Más beneficio en I+D

La Ley de Emprendedores supone un nuevo incentivo para las empresas, ya que se les aplicaría la deducción en Investigación y Desarrollo, , pero que tienen cuota suficiente en el impuesto sobre sociedades. Así, éstas empresas podían pedir el abono de la deducción con un límite de tres millones de euros. La reforma fiscal mantiene intacto esta ventaja fiscal y, además, eleva el límite hasta los cinco millones.

Plusvalías

El borrador de reforma incluyó la supresión a partir de enero de 2015 de los coeficientes de abatimiento y correcciones por inflación que hasta ahora permitían reducir la plusvalía que tributaba en el IRPF cuando se vendía un piso, acciones o un fondo de inversión. El cambio es drástico y encarece notablemente el coste tributario de vender una casa, especialmente si es vieja. Sin embargo, el Gobierno paliará parcialmente este castigo fiscal al introducir en el proyecto de reforma fiscal una exención para las plusvalías obtenidas por contribuyentes mayores de 65 años y que destinen el dinero logrado por la venta a una renta vitalicia.

Alquiler

La reforma fiscal también modifica, y a peor, el tratamiento fiscal al alquiler. El borrador contemplaba que la reducción fiscal del 60% que se aplican con carácter general los propietarios de una vivienda en alquiler se redujera al 50%. Además, se eliminaba la exención del 100% para los contribuyentes cuyos inquilinos tienen menos de 35 años. El Gobierno ha rectificado y mantendrá la reducción en el 60%, sin embargo, mantiene la supresión de la exención para los caseros con arrendatarios jóvenes. Por otra parte, también se suprime la deducción del 10,05% que se aplican en el IRPF los inquilinos con rentas inferiores a 24.107,20 euros, aunque la medida no tendrá efectos retroactivos y aquellos que hoy se benefician de la deducción podrán mantenerla hasta que expire su contrato de alquiler.

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