¿Acabará realmente este acuerdo con los paraísos fiscales?
Ahora, esta misma alianza, parece que se repite para enfrentarse a los paraísos fiscales corporativos, aquéllos que ofrecen incentivos fiscales y beneficios a determinados sujetos pasivos y tipos de ingreso con el fin de atraer las rentas generadas en otros territorios.
Al establecer un tipo efectivo mínimo global para las grandes empresas, se fija un suelo a la competencia fiscal entre jurisdicciones, que no puede ser rebasado, y se corta en seco la carrera a la baja en la que había entrado el impuesto de sociedades en muchos países.
¿Cuánto tiempo tardará en aplicarse efectivamente por la mayoría de países?
Si todo va bien, el acuerdo se alcanzará en octubre y luego habría que acometer su implementación en todos los países. Probablemente, para controlar si los países están recurriendo a prácticas de elusión fiscal corporativa y, por tanto, violando el “futuro estándar global”, se va a recurrir al procedimiento de “revisión entre pares” del Foro Fiscal Global de la OCDE.
Es el procedimiento ahora utilizado para verificar si los países están aplicando las obligaciones de intercambio de información fiscal a las que se han comprometido para acabar con el secreto bancario. Conforme a este proceso, los países se evalúan mutuamente entre sí desde el punto de vista de la efectiva aplicación del intercambio de información. Es un proceso lento, pero que está funcionando bien en el ámbito de la evasión fiscal.
Queda por decidir el listado definitivo de “grandes compañías” que quedarán sometidas a la nueva medida. ¿De cuántas y de que facturación global se está hablando?
EE.UU, sede principal de estas empresas, no quiere que la solución final se focalice sólo en estas empresas. Quiere que las nuevas normas fiscales internacionales se apliquen indistintamente a todos los sectores.
Además, la Administración Biden desea reducir el ámbito de aplicación de la normativa a las empresas más rentables, con lo cual el número de empresas afectadas se reduciría de 2.330 (propuesta OCDE) a no más de un centenar.
Los países en vías de desarrollo prefieren umbrales más bajos para poder mantener niveles de recaudación aceptables para ellos. Incluso proponen una solución flexible, en virtud de la cual pudieran fijarse umbrales diferentes en función del tamaño de la economía en la que la multinacional opera. Habrá que esperar para ver cuál es la alternativa finalmente acordada sobre esta cuestión transcendental.
¿A cuánto asciende realmente la elusión fiscal internacional en concepto de impuesto de sociedades y por otra partes de otros tributos a la luz de los informes más rigurosos conocidos hasta ahora?
Según la OCDE, la elusión fiscal corporativa resta cada año unos 200.000 millones a las arcas públicas de los Estados.
Sin embargo, no es fácil establecer estimaciones sobre un fenómeno que se apoya para poder existir en la falta de transparencia y en la ocultación. De ahí la importancia de que se haya aprobado recientemente una directiva que obliga a las multinacionales a presentar sus cuentas desagregadas país por país. Y además a que dicho reporte sea público.
Con esta nueva medida, tanto las Administraciones Tributarias como la sociedad civil tendrán más posibilidades de conocer de forma más precisa cuántos beneficios obtienen las multinacionales en un territorio y cuántos impuestos pagan allí. La falta de congruencia entre ambas magnitudes son un claro signo de que la empresa está desplazando artificialmente beneficios hacia paraísos fiscales (elusión fiscal).
Otro paso importante para poder conocer la magnitud del fenómeno de la elusión fiscal ha sido, sin duda, la reciente creación del EU Tax Observatory, cuya misión va a ser justamente realizar estimaciones sobre la dimensión de la evasión y elusión fiscal en la UE.
Por lo pronto, dicho Observatorio ya ha realizado un importante estudio acerca del impacto que tendría a nivel recaudatorio la aprobación de la solución de los dos pilares de la OCDE. Se estima que, de aprobarse una imposición mínima del 15%, se produciría un aumento de recaudación de 48.000 millones de euros al año.
¿Es realmente mayor en España y el resto de Iberoamérica como indican algunos de esos informes?
La mayor dependencia de los países latinoamericanos de los ingresos provenientes de los beneficios de las multinacionales les hace especialmente vulnerables a la elusión fiscal corporativa.
Además, el abuso de precios de transferencia, principal técnica de elusión fiscal existente en la actualidad está más extendido en América Latina que en Europa. Por último, la proliferación de incentivos fiscales en la región, muchas veces no justificados por el valor agregado que aportan, ha sumido a la región en una competencia fiscal a la baja especialmente dañina.

José Luis Escario, investigador asociado de Fundación Carolina.Licenciado en Derecho y máster de Derecho Internacional y Comunitario por la Universidad de Lovaina. Profesor de Fiscalidad Internacional en la UNIR (módulo relativo a los paraísos fiscales). Es experto en asuntos tributarios en el Consejo Económico y Social Europeo y ha sido consultor del Parlamento Europeo en distintas comisiones especiales y de investigación sobre fiscalidad (TAXE I, II y III y PANA). Ha sido también, responsable de Fiscalidad para el Sector Privado en Intermón Oxfam.Es actualmente miembro del Consejo de Asuntos Europeos de la Fundación Alternativas (FA) y Fellow de Aspen Institute España.joseluisescario